¡ATENCIÓN! ESTE VIERNES 7 DE OCTUBRE ES DÍA NO LABORABLE PARA EL SECTOR PÚBLICO
Este viernes 7 de octubre es día no laborable para los trabajadores del sector público lo que, sumado al feriado nacional del día 8 de cotubre, por conmemorarse el Combate de Angamos, permitirá un fin de semana largo propicio para la práctica del turismo interno en el país o actividades recreacionales sin salir de la capital.
Según lo dispuesto en el Decreto
Supremo 033-2022-PCM, publicado con anterioridad en el Diario Oficial El
Peruano, las horas dejadas de laborar durante el 7 de octubre serán compensadas
en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el
titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
La norma añade que los titulares
de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para
garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la
sociedad, durante el día no laborable.
SECTOR PRIVADO
La norma aclara que los centros
de trabajo del sector privado podrán acogerse a este día no laborable, previo
acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la
forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a
falta de acuerdo, decidirá el empleador.
Las entidades y empresas privadas
que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento,
electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y
telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia,
vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos; están
facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos del día
no laborable , y los trabajadores respectivos que continuarán laborando, a fin
de garantizar los servicios a la comunidad.
DÍAS NO LABORABLES
Además del viernes 7 de octubre,
el citado decreto supremo declaró, asimismo, días no laborables el lunes 2 de
mayo, el viernes 24 de junio, el lunes 29 de agosto, el lunes 31 de octubre, el
lunes 26 de diciembre y el viernes 30 de diciembre.
El objetivo de esta medida es que
los días no laborables, sumados a los feriados ordinarios, crean fines de
semana largos propicios para la práctica del turismo interno, instrumento
dinamizador que permitirá seguir impulsando la reactivación económica de Perú.
DIFERENCIAS ENTRE FERIADO Y DÍA NO
LABORABLE
Vale precisar que los feriados
son definidos por ley, mientras que los días no laborables son decretados por
el Gobierno. Los feriados son descansos remunerados que no se compensan. En
tanto, si no se trabaja en día no laborable se debe compensar luego esas horas.
(Andina)

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