¿PUBLICIDAD ENGAÑOSA? INDECOPI IMPONE MEDIDA CAUTELAR CONTRA LATINA
* Ordena cese preventivo e
inmediato de los anuncios relacionados con la transmisión de los partidos de
Catar 2022.
La Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi impuso una medida cautelar y ordenó a Compañía Latinoamericana de Radiodifusión (Latina) el “cese preventivo e inmediato” de la difusión de todos los anuncios publicitarios relacionados con la Copa Mundial de la FIFA Catar 2022.
Ello, en tanto den a entender que
transmitirá “en vivo” todos los partidos del referido torneo, ya sea mediante
su canal de señal abierta o por su aplicativo; o que sería el único medio de
comunicación que transmite oficialmente los partidos de dicho certamen.
La comisión tomó esta decisión
por unanimidad, teniendo en cuenta que el mundial Catar 2022 se viene
desarrollando y que los consumidores seguirían viendo defraudadas sus
expectativas, al no poder ver “en vivo” ciertos partidos de fútbol, a pesar de
la campaña publicitaria desplegada por Latina, detalla la entidad en una nota
de prensa.
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
La medida se suma al inicio de un
procedimiento administrativo sancionador contra Latina, por haber difundido
presunta publicidad engañosa, que daría a entender que transmitiría “en vivo”
todos los partidos de la Copa Mundial de la FIFA Catar 2022, ya sea mediante
señal abierta o por su aplicativo, cuando ello no sería cierto, debido a que la
mitad de los partidos se transmitirían en diferido mediante su aplicativo.
“Además, que Latina sería el
único medio de comunicación que transmitiría oficialmente los partidos dicho
evento deportivo, cuando ello no sería cierto, debido a que existiría un medio
de comunicación de televisión satelital que con un aplicativo digital también
transmitiría oficialmente los partidos del citado certamen”, agrega el
Indecopi.
Cabe precisar que Latina se
encuentra en plazo legal para formular sus descargos, así como para presentar
su recurso de apelación contra la medida cautelar ante la Sala Especializada en
Defensa de la Competencia del Indecopi, última instancia administrativa de la
institución.
HASTA 700 UIT
Asimismo, “es necesario señalar
que, de corroborarse la difusión de presunta publicidad engañosa por parte de
Latina, la Comisión está facultada para imponer una sanción de hasta 700 UIT
(unidades impositivas tributarias), equivalentes a 3 millones 220,000 soles.
El Indecopi da a conocer esta
decisión al amparo del artículo 39 de la Ley de Represión de la Competencia
Desleal, en el cual se precisa que la Secretaría Técnica se encuentra facultada
para informar a la ciudadanía, de manera objetiva y de carácter explicativo,
sobre los pronunciamientos emitidos por la Comisión.
Ello, “sin perjuicio de que los
mismos se encuentren en plazo para ser impugnados o hubieran sido materia de
algún recurso impugnativo, así como de procedimientos administrativos o
investigaciones en trámite, siempre que dichos actos tengan relevancia social o
que sirvan para evitar que los hechos materia de investigación o
pronunciamiento afecten negativamente a los consumidores o demás agentes económicos”,
detalló la entidad. (Andina)

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