SERENOS ESTÁN PROHIBIDOS DE GOLPEAR CON SUS BASTONES EN CABEZA, CUELLO Y TÓRAX
* Mininter dicta disposiciones para
el correcto uso de los implementos de defensa.
El Ministerio del Interior promulgó este jueves el decreto supremo que precisa el correcto uso que deben tener los implementos de defensa asignados al personal de serenazgo de las municipalidades, como bastones tonfa, gas pimienta, entre otros, para evitar causar daños físicos a otras personas en sus intervenciones.
Se trata del Decreto Supremo Nº
009-2024-IN publicado en el Diario Oficial El Peruano, que modifica el
Reglamento de la Ley N° 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal,
aprobado por Decreto Supremo N° 009-2022-IN.
Así, en el caso de los bastones
tonfa, se indica que su uso por el personal de serenazgo debe ser excepcional,
solo para defenderse de una agresión, evitando su impacto en la cabeza, cuello,
tórax y genitales del agresor.
“Si es inevitable usarlos para
defenderse ante la agresión, debe restringirse su uso al mínimo necesario. En
esa circunstancia el personal del servicio de serenazgo preferentemente hace
contacto sobre las partes de mayor volumen muscular (piernas, brazos), evitando
impactar en la cabeza, cuello, tórax o genitales”, señala la norma.
La norma incluso describe las
tres zonas del cuerpo que debe tener en cuenta el sereno al momento de utilizar
este instrumento de defensa.
De esa manera, tenemos las zonas
prohibidas, en las que pueden causar la muerte o lesiones graves en el
individuo; por lo tanto, es imperioso evitar impactar con los bastones tonfa en
estas zonas.
Zonas incapacitantes, en las que
se pueden causar efectos temporales o permanentes. El impacto de los bastones
hacia estas zonas no debe ser reiterativo.
Y las zonas momentáneas, en las
que se inmoviliza por segundos, minutos u horas al individuo, con recuperación
total a corto plazo. El impacto de los bastones hacia estas zonas debe ser el
estrictamente necesario.
Los bastones tonfa, define el
propio decreto, “es un medio defensivo a base de polipropileno o policarbonato,
utilizado por el personal del servicio de serenazgo debidamente entrenado y
capacitado, que permite establecer un área de seguridad mayor al de la
protección alcanzada con brazos y pies”.
GAS PIMIENTA
En el caso de los aerosoles de
pimienta, se indica que su uso solo puede ser exclusivamente defensivo, por lo
que se debe evitar el uso en espacios cerrados, sobre todo en el interior de
vehículos públicos o privados.
No debe usarse a una distancia
menor de 50 cm aproximadamente, por cuanto la fuerza de impacto generada por la
dispersión del chorro podría generar lesiones oculares y, debe portarse siempre
en una funda con el seguro del aspersor accionado. Este dispositivo es de uso
exclusivo ante una agresión no letal, esto es, frente a una agresión física al
personal. (Andina)
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