ELECCIONES 2026: JNE EXPLICA EN QUÉ CASOS PUEDE HABER RECUENTO DE VOTOS
* Se empleará por primera vez este
2026 para resolver actas observadas.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aclaró dudas con respecto al recuento de votos, mecanismo que se empleará por primera vez en estas elecciones generales 2026 y que, remarcan, solo aplica en casos puntuales. Conoce cuáles son.
El ente electoral explicó que el
recuento de votos es un procedimiento excepcional que se da a partir de la
existencia de un acta observada por la Oficina Descentralizada de Procesos
Electorales (ODPE), con la finalidad de preservar la voluntad popular expresada
en las urnas.
Asimismo, indicaron que la base
legal de este procedimiento es la Ley Orgánica de Elecciones; la Ley 32299, que
la modifica; y el Reglamento de Recuento de Votos.
¿CÓMO ERA ANTES?
En anteriores procesos
electorales, cuando un acta tenía errores materiales, la norma establecía que
no se revisaban los votos físicos. Cabe recordar, además, que las cédulas de
votación eran destruidas tras el escrutinio.
Es así que, en caso de errores
materiales, las ODPE enviaban las actas observadas a los Jurados Electorales
Especiales (JEE).
Estos últimos resolvían dichas
situaciones empleando las actas de las ODPE, ONPE, JNE y su propio ejemplar.
"Si no se podía subsanar, el
acta se anulaba. No existía en la normativa el recuento de votos", explica
el JNE.
Con la publicación de la Ley
32299, se habilita el recuento de votos. Esta norma dispone que dicho
procedimiento es realizado por los JEE en casos específicos.
¿EN QUÉ CASOS SE PUEDE PEDIR
RECUENTO DE VOTOS?
El JNE explicó que las actas
observadas por las ODPE son enviadas a los JEE, el cual evalúa si se puede
subsanar el acta con su copia o ejemplar (cotejo).
De no ser posible, se dispone el
recuento de votos. "El recuento se realiza por única vez y lo decide el
JEE", señala la entidad.
Estas son las razones por las que
un acta puede ser observada:
- Por falta de firmas de los
miembros de mesa
- Por ilegibilidad de los datos
consignados
- Por falta de datos o
encontrarse incompletas
- Por errores aritméticos
(sumatorias)
NO VA A RETRASAR LOS RESULTADOS
El JNE precisó también que el recuento de votos no alterará el tiempo en que se darán los resultados oficiales de las elecciones, pues se ha previsto que este se realice dentro de los plazos del proceso electoral y antes de la proclamación de resultados.
Finalmente, el organismo
electoral invitó a la ciudadanía a informarse a través de canales oficiales y a
visitar la página JNE Fact Checking https://factchecking.jne.gob.pe/ (ANDINA)
Comentarios
Publicar un comentario