JEE SACA DE CARRERA A ALCALDE DE SAN MIGUEL QUE BUSCÓ REELEGIRSE COMO REGIDOR TRAS RENUNCIA DE CANDIDATA

*El Jurado Electoral Especial de Lima Oeste 1 excluyó a Eduardo Bless de la lista al Concejo de San Miguel. La renuncia de la candidata a la alcaldía lo dejó en posición de repetir en el cargo desde la posición de teniente alcalde. Medida podrá ser apelada ante el JNE.


El alcalde de San Miguel, Eduardo Bless, quedó fuera de la contienda electoral. El JEE Lima Oeste 1 declaró fundada una denuncia ciudadana en su contra y dispuso su exclusión de la lista de Avanza País al Concejo Distrital. El alcalde buscaba un nuevo periodo a través de la primera regiduría, tras la renuncia de la candidata a la alcaldía por su partido.

El caso llegó al JEE por un escrito presentado el 21 de agosto. El argumento central para pedir su exclusión fue que la salida de la candidata original dejó al alcalde en una posición idónea para volver a ejercer el cargo en el próximo periodo municipal. Eso, sostuvo, era una forma de esquivar la prohibición de reelección inmediata que establece el artículo 194 de la Constitución.

El colegiado electoral resolvió a favor del denunciante. La resolución señaló que se configuró, en las circunstancias concretas del caso, "una incompatibilidad constitucional con la prohibición de reelección inmediata de los alcaldes prevista en el tercer párrafo del artículo 194 de la Constitución Política del Perú". El fallo constató que Bless mantenía su inscripción como primer regidor mientras el partido se quedó sin candidata a la alcaldía.

El personero legal de Avanza País, Aldo Fabrizio Borrero Rojas, defendió la candidatura de Bless en su escrito de descargos. Pidió que se declarara improcedente el pedido. Sostuvo dos argumentos: que la solicitud era, en la práctica, una tacha presentada fuera de plazo, y que la situación denunciada no aparece como causal de exclusión en el artículo 41 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Municipales 2026.

LA EXCLUSIÓN DE BLESS PODRÍA CAER EN APELACIÓN

La resolución que sacó a Bless de carrera es de primera instancia. Avanza País puede apelarla ante el Pleno del JNE, la misma instancia que dos días antes resolvió a favor de un alcalde en una situación prácticamente igual. Si el tribunal aplica el criterio del caso de Pontó, la exclusión de Bless tiene un camino claro para revertirse.

El propio JEE Lima Oeste 1 dejó abierta esa posibilidad al precisar que su fallo se basa "exclusivamente" en las circunstancias particulares del expediente de San Miguel. No fijó una regla general. Eso deja al JNE con margen para decidir si el caso de Bless amerita el mismo trato que el de Villanera Figueroa, o si las diferencias entre ambos expedientes justifican un resultado distinto.

EL JNE YA AVALÓ UN CASO IDÉNTICO EN ÁNCASH

Dos días antes de la exclusión de Bless, el Pleno del JNE resolvió un caso con la misma estructura y llegó a la conclusión contraria. El tribunal confirmó, por mayoría, que no existe reelección encubierta cuando un alcalde en funciones postula como primer regidor en su propio distrito. La resolución aplica incluso si el candidato a alcalde de su misma lista queda fuera de carrera.

El caso involucra a Percy Villanera Figueroa, alcalde de Pontó, en Áncash, quien postulaba a primer regidor por Somos Perú. El candidato a la alcaldía de su partido quedó excluido en primera instancia por una observación no subsanada. Frente a la posibilidad de que Villanera Figueroa asuma otra vez la alcaldía, un ciudadano presentó una tacha. El JEE Huari la rechazó y el Pleno del JNE confirmó ese rechazo. (LA REPÚBLICA/ Ariadna Yaya)

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