PROYECTO DE DELEGACIÓN DE FACULTADES: ESTAS SON LAS MEDIDAS EN MATERIAS DE SEGURIDAD CIUDADANA

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) presentó ayer viernes ante la Cámara de Diputados el proyecto de delegación de facultades legislativas por 120 días, conforme al artículo 107° de la Constitución Política.

El proyecto contempla 66 solicitudes orientadas a impulsar ocho materias: seguridad ciudadana, fortalecimiento de micro y pequeñas empresas, promoción del empleo, simplificación administrativa, desarrollo productivo, régimen tributario, reforma y modernización del Estado, y vivienda y saneamiento.

¿QUÉ MEDIDAS SE CONSIDERAN EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA?

El inciso a) del artículo 2 del proyecto de delegación de facultades precisa 12 puntos en materia penal, procesal penal, ejecución penal, policial, seguridad ciudadana, orden interno, penitenciaria y migratoria:

-Se plantea legislar en materia migratoria y de nacionalidad, sobre el régimen de control y regularidad migratoria, así como el régimen de nacionalización, con la finalidad de promover “una migración ordenada, segura regular”.

-Se propone modificar el marco normativo en materia de "rastreo, localización, geolocalización, control, registro, trazabilidad, baja de líneas y bloque de equipos terminarles móviles o de cualquier otro dispositivo electrónico de comunicación" utilizados ilícitamente, así como comunicaciones ilegales establecidas desde los establecimientos penitenciarios y/o centros juveniles.

-Se plantea modificar el marco normativo sobre armas de fuego, municiones, explosivos y productos pirotécnicos de uso civil, “a fin de fortalecer su control, trazabilidad, fiscalización y las condiciones para su acceso, adquisición, posesión y uso”.

-Se propone reformar el sistema nacional penitenciario, “con la finalidad de fortalecer la seguridad y la reinserción social”.

-Se propone regular la “participación excepcional y temporal de las Fuerzas Armadas” en acciones de seguridad externa y apoyo operativo al personal de los establecimientos penitenciarios.

-Se plantea legislar en materia de intervenciones “de reinserción social juvenil y post egreso”, a fin de fortalecer los procesos de resocialización de adolescentes en conflicto con la ley penal.

-Se propone regular para los casos de delitos de alta peligrosidad, lesividad o pluriofensivos “la libertad vigilada postpenitenciaria”, así como la “creación de su respectivo registro”, a fin de prevenir la reincidencia y continuidad delictiva.

-Se plantea legislar para combatir la delincuencia, criminalidad organizada y mercados ilícitos, a través de medidas dirigidas a "fortalecer la prevención, investigación, persecución, juzgamiento y sanción de los delitos", así como en lo concerniente al "tratamiento penitenciario y asistencia post penitenciaria". 

Esto incluye la modificación de las normas: Decreto Legislativo N°. 635, Código Penal y Decreto Legislativo N°. 957, Nuevo Código Procesal Penal; el Decreto Legislativo N°. 654, Código de Ejecución Penal; Decreto Legislativo N°. 1094, Código Penal Militar Policial; Ley N°. 32490, Ley que establece medidas extraordinarias contra los delitos de extorsión, sicariato en las empresas de transporte público y transporte de mercancías, así como, en lo concerniente al Subsistema Especializado contra la Extorsión y sus Delitos Conexos, Decreto Legislativo N°. 1735. Además, el Decreto Legislativo N°. 1182, Decreto Legislativo N°. 1338, Ley N°. 30096, Ley de Delitos Informátivos; Ley N°. 30424, Ley N°.32332.

Se propone legislar sobre el “uso de armas no letales y equipamiento de protección especial y medidas complementarias para el personal que desarrolla labores de vigilancia, control y monitoreo” de las Áreas Naturales Protegidas del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado.

-Se plantea modificar el Decreto Legislativo N°. 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, a fin de “fortalecer y optimizar el marco normativo para la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú” frente a amenazas que afecten el estado de derecho, seguridad ciudadana y orden interno.

-Se propone establecer el marco legal que "declare a las organizaciones criminales como organizaciones terroristas", y disposiciones para su clasificación y registro.

Finalmente, se plantea establecer el marco legal que, en la práctica, permita "ejercitar el derecho fundamental a la legítima defensa" reconocido expresamente en el numeral 23 del artículo 2 de la Constitución, al estipular que "quien ejercita tal derecho goza de una presunción de inocencia"-contemplada en el literal “e” del numeral 24 del artículo 2 de la Constitución-respecto- respecto de la racionalidad de su respuesta a la agresión, por lo que la destrucción de la misma que es iuris tantum, requiere de motivación cualificada, bajo sanción de nulidad. (ANDINA)

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