PROYECTO DE DELEGACIÓN DE FACULTADES: ESTAS SON LAS MEDIDAS EN MATERIAS DE SEGURIDAD CIUDADANA
La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) presentó ayer viernes ante la Cámara de Diputados el proyecto de delegación de facultades legislativas por 120 días, conforme al artículo 107° de la Constitución Política.
El proyecto contempla 66
solicitudes orientadas a impulsar ocho materias: seguridad ciudadana,
fortalecimiento de micro y pequeñas empresas, promoción del empleo,
simplificación administrativa, desarrollo productivo, régimen tributario,
reforma y modernización del Estado, y vivienda y saneamiento.
¿QUÉ MEDIDAS SE CONSIDERAN EN
MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA?
El inciso a) del artículo 2 del
proyecto de delegación de facultades precisa 12 puntos en materia penal,
procesal penal, ejecución penal, policial, seguridad ciudadana, orden interno,
penitenciaria y migratoria:
-Se plantea legislar en materia
migratoria y de nacionalidad, sobre el régimen de control y regularidad
migratoria, así como el régimen de nacionalización, con la finalidad de
promover “una migración ordenada, segura regular”.
-Se propone modificar el marco
normativo en materia de "rastreo, localización, geolocalización, control,
registro, trazabilidad, baja de líneas y bloque de equipos terminarles móviles
o de cualquier otro dispositivo electrónico de comunicación" utilizados
ilícitamente, así como comunicaciones ilegales establecidas desde los
establecimientos penitenciarios y/o centros juveniles.
-Se plantea modificar el marco
normativo sobre armas de fuego, municiones, explosivos y productos pirotécnicos
de uso civil, “a fin de fortalecer su control, trazabilidad, fiscalización y
las condiciones para su acceso, adquisición, posesión y uso”.
-Se propone reformar el sistema
nacional penitenciario, “con la finalidad de fortalecer la seguridad y la
reinserción social”.
-Se propone regular la
“participación excepcional y temporal de las Fuerzas Armadas” en acciones de
seguridad externa y apoyo operativo al personal de los establecimientos
penitenciarios.
-Se plantea legislar en materia
de intervenciones “de reinserción social juvenil y post egreso”, a fin de
fortalecer los procesos de resocialización de adolescentes en conflicto con la
ley penal.
-Se propone regular para los
casos de delitos de alta peligrosidad, lesividad o pluriofensivos “la libertad
vigilada postpenitenciaria”, así como la “creación de su respectivo registro”,
a fin de prevenir la reincidencia y continuidad delictiva.
-Se plantea legislar para
combatir la delincuencia, criminalidad organizada y mercados ilícitos, a través
de medidas dirigidas a "fortalecer la prevención, investigación,
persecución, juzgamiento y sanción de los delitos", así como en lo concerniente
al "tratamiento penitenciario y asistencia post penitenciaria".
Esto incluye la modificación de
las normas: Decreto Legislativo N°. 635, Código Penal y Decreto Legislativo N°.
957, Nuevo Código Procesal Penal; el Decreto Legislativo N°. 654, Código de
Ejecución Penal; Decreto Legislativo N°. 1094, Código Penal Militar Policial;
Ley N°. 32490, Ley que establece medidas extraordinarias contra los delitos de
extorsión, sicariato en las empresas de transporte público y transporte de
mercancías, así como, en lo concerniente al Subsistema Especializado contra la
Extorsión y sus Delitos Conexos, Decreto Legislativo N°. 1735. Además, el
Decreto Legislativo N°. 1182, Decreto Legislativo N°. 1338, Ley N°. 30096, Ley
de Delitos Informátivos; Ley N°. 30424, Ley N°.32332.
Se propone legislar sobre el “uso
de armas no letales y equipamiento de protección especial y medidas
complementarias para el personal que desarrolla labores de vigilancia, control
y monitoreo” de las Áreas Naturales Protegidas del Sistema Nacional de Áreas
Naturales Protegidas por el Estado.
-Se plantea modificar el Decreto
Legislativo N°. 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso
de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, a fin
de “fortalecer y optimizar el marco normativo para la intervención de las
Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú” frente a amenazas que
afecten el estado de derecho, seguridad ciudadana y orden interno.
-Se propone establecer el marco
legal que "declare a las organizaciones criminales como organizaciones
terroristas", y disposiciones para su clasificación y registro.
Finalmente, se plantea establecer
el marco legal que, en la práctica, permita "ejercitar el derecho
fundamental a la legítima defensa" reconocido expresamente en el numeral
23 del artículo 2 de la Constitución, al estipular que "quien ejercita tal
derecho goza de una presunción de inocencia"-contemplada en el literal “e”
del numeral 24 del artículo 2 de la Constitución-respecto- respecto de la
racionalidad de su respuesta a la agresión, por lo que la destrucción de la
misma que es iuris tantum, requiere de motivación cualificada, bajo sanción de
nulidad. (ANDINA)
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