YA ES OFICIAL: MAYORES DE 40 AÑOS DEBEN TENER TERCERA DOSIS DE VACUNA EN ESPACIOS CERRADOS
· * Disposición que busca reducir contagios de
covid-19 fue incluida en Decreto Supremo publicado hoy.
A partir del lunes 31 de enero, las personas mayores de 40 años deberán presentar su carnet de vacunación contra el covid-19, con las tres dosis, para poder ingresar a espacios públicos cerrados.
Así lo dispone el Decreto Supremo
Nº 010-2022-PCM, publicado hoy en el diario El Peruano. La norma oficializa la
suspensión del toque de queda o inmovilización social a nivel nacional.
Los mayores de 40 años necesitan
demostrar que han recibido la tercera dosis de la vacuna para ingresar a los
siguientes espacios: centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por
departamento, tiendas en general, conglomerados, tiendas de abastecimiento de
productos de primera necesidad, supermercados, mercados, restaurantes y afines
en zonas internas, casinos, tragamonedas, cines, teatros, bancos, entidades
financieras.
Asimismo, requieren la tercera
dosis para ingresar a iglesias, templos, lugares de culto, bibliotecas, museos,
centros culturales, galerías de arte, clubes, locales de asociaciones
deportivas, peluquerías, barberías, spa, baños turcos, sauna, baños termales,
coliseos, gimnasios, notarías, oficinas de atención al usuario, trámite
administrativo y mesas de partes de instituciones públicas y privadas, así como
colegios profesionales.
De igual modo, a los mayores de
40 años también se les exigirá mostrar la tercera dosis de la vacuna si asisten
a piscinas públicas o privadas donde se realizan actividades formativas o
terapéuticas. También si acuden a playas, ríos y lagunas.
Los mayores de 40 años,
igualmente, necesitan dosis de refuerzo para viajar en servicio de transporte
interprovincial terrestre; en su defecto, pueden presentar una prueba molecular
negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar.
Lo mismo ocurrirá al momento de
mayores de 40 años dosis completa para viajar en el transporte aéreo nacional.
REUNIONES Y CONCENTRACIONES
El Decreto en mención dispone que
continúan suspendidos los desfiles, fiestas patronales y actividades civiles,
así como todo tipo de reunión, evento social, político u otros que impliquen
concentración o aglomeración de personas, que pongan en riesgo la salud
pública.
Las reuniones sociales,
incluyendo las que se realizan en los domicilios, se encuentran prohibidas, por
razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a
consecuencia de la covid-19.
Se exceptúa de lo dispuesto en el
presente artículo, las ceremonias de carácter castrense y policial, las que
deben cumplir con las disposiciones sanitarias y reglas de distanciamiento
físico o corporal respectivas. (Andina)
Comentarios
Publicar un comentario