APRUEBAN APOYO EXCEPCIONAL DE S/40,000 PARA DEUDOS DE FALLECIDOS EN MOVILIZACIONES
* Este apoyo no tiene naturaleza
resarcitoria ni reparatoria, detalla el Decreto de Urgencia N°008-2022.
El Gobierno aprobó y publicó el decreto de urgencia que autoriza la entrega de un apoyo económico excepcional de 40,000 soles a los deudos de las personas fallecidas en las movilizaciones ocurridas entre el 1 y el 6 de abril de 2022.
El Decreto de Urgencia
N°008-2022, publicado en una edición extraordinaria del Diario Oficial El
Peruano, detalla que el apoyo se entrega a los deudos de los fallecidos en las
movilizaciones por el paro de transportistas, así como de agricultores y ganaderos
en Huánuco, Ica y Junín.
“El apoyo económico no tiene
naturaleza resarcitoria ni reparatoria”, aclara el decreto.
“Tampoco tiene implicancia en la
determinación de eventuales responsabilidades administrativas, civiles y/o
penales por los fallecimientos ocurridos en el marco de las movilizaciones
realizadas entre el 1 y el 6 de abril de 2022”, añade.
LISTA DE PERSONAS BENEFICIARIAS
Respecto al otorgamiento del
apoyo económico, el dispositivo legal “autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos a entregar, por única vez, el monto de S/ 40,000 (cuarenta mil soles),
por concepto de apoyo económico por cada persona fallecida”.
En su artículo 4, la norma se
refiere a la determinación de las personas beneficiarias del apoyo económico.
Los beneficiarios de este apoyo
son los deudos de las personas fallecidas en las movilizaciones entre el 1 y el
6 de abril, “identificados en el marco de la labor del Grupo de Trabajo
Multisectorial creado por la Resolución Ministerial N°0135-2022-JUS, en base a
la información remitida por el Programa Integral Nacional para el Bienestar
Familiar–Inabif”, añade.
Además, para efectos de la
entrega del apoyo económico, “el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
aprueba una Lista de Personas Beneficiarias mediante Resolución del Titular del
Pliego”.
HASTA EL 31 DE DICIEMBRE 2022
Este apoyo económico excepcional
se financia con cargo al presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal 2022 del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, debiéndose habilitar los recursos en
la Actividad 5002306 Subvenciones a Personas Naturales, para la ejecución
correspondiente.
“El Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos es responsable del cumplimiento de la presente norma –continúa
del decreto de urgencia–. El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta
el 31 de diciembre de 2022”.
La norma es refrendada por el
Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos
y el Ministro de Economía y Finanzas. (Andina)
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