CORTE SUPREMA DECLARA INCONSTITUCIONAL LEY QUE MODIFICA PLAZO DE PRESCRIPCIÓN
La Corte Suprema declaró inconstitucional la Ley 31751, que modifica la suspensión del plazo de prescripción aprobada por el Congreso, y que benefició al titular del Poder Legislativo, Alejandro Soto.
La casación de la Corte Suprema
precisa que la referida norma limita la suspensión de la prescripción de la
acción penal a un año, tiempo que no tiene precedentes o fuentes en nuestro
derecho nacional o en el derecho comparado.
“La fijación de un determinado
plazo concreto no puede dejar de tener en cuenta la especial entidad del delito
en cuestión, su gravedad y nivel de alarma social, así como las dificultades
que pueden demandar el esclarecimiento de los delitos”, precisa la casación de
la Corte Suprema.
Indica además que un plazo tan
breve, como el establecido en la Ley 31751, solo puede causar más perjuicios al
interés general respecto de la libertad de las personas, generando impunidad y
no le da oportunidad razonable al sistema de administración de justicia para
detectar, esclarecer, juzgar y decidir si un ciudadano ha cometido un delito o
no.
“En consecuencia, la Ley 31751 es
desproporcionada y, por consiguiente, inconstitucional. Por ello, los jueces,
conforme al artículo 138, segundo párrafo, de la Constitución, no deben
aplicarla; deben preferir la norma constitucional referida a la protección de
seguridad pública o ciudadana, al valor justicia material y a la tutela
jurisdiccional”, apunta el documento.
En ese sentido, a consideración
de la sala, rige lo dispuesto en el Acuerdo Plenario 3-2012/CJ-116, y, en todo
caso, la aplicación del artículo 84 del Código Penal, que fija como límite el
plazo de suspensión de la acción penal cuando se sobrepasa en una mitad el
plazo ordinario de prescripción.
Por tal motivo, acuerdan
establecer como doctrina legal, los criterios expuestos en los fundamentos
jurídicos de esta resolución y precisan que estos principios jurisprudenciales
deben ser invocados por los jueces de todas las instancias judiciales, sin
perjuicio de la excepción que la norma.
Ley 31751, que reduce el plazo de
prescripción, permitió al presidente del Congreso, Alejandro Soto, librarse de
una posible sentencia por el delito de estafa y falsedad genérica, al acogerse
a esta ley. (Andina)
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