¡ATENCIÓN! LOS MARTES 26 DE
DICIEMBRE Y 2 DE ENERO SERÁN DÍAS NO LABORABLES
Los peruanos celebran el feriado
de hoy 25 de diciembre por Navidad, y esperan con ansias el feriado por Año
Nuevo: el 1 de enero. En ese sentido, muchos trabajadores se preguntarán si
estas festividades vienen acompañadas de algún día no laborable a fin de que
puedan tener un descanso largo.
¿QUÉ DICE LA NORMA?
De acuerdo con el Decreto Supremo
N° 151-2022-PCM, el martes 26 de diciembre y el martes 2 de enero del 2024
serán días no laborables para los trabajadores del sector público.
¿CÓMO SE HARÁ LA COMPENSACIÓN?
A diferencia de un feriado
calendario, las horas dejadas de laborar en un día no laborable deben
compensarse en los 10 días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que
establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.
SECTOR PRIVADO
Tratándose del sector privado,
cuyo acogimiento a esos días no laborables es voluntario, corresponderá al
empleador y los trabajadores fijar de común acuerdo la forma como se hará
efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, considerando que a
falta de acuerdo decidirá el empleador.
De acuerdo con el Decreto Supremo
N° 151-2022-PCM, las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la
actividad privada que brinden servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y
saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios,
comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos,
seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y
alimentos estarán facultadas para determinar los puestos de trabajo que estarán
excluidos de los referidos días no laborables. (Andina)
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