CAÑETE: INFRAESTRUCTURA DE NUEVO COLEGIO “MANUEL GONZÁLES PRADA” MUESTRA DAÑOS QUE PONEN EN RIESGO DURABILIDAD DE LA OBRA
¡Una perla más! Contraloría General
de la República notifica a Caleb Ramos Llerena mandamás de la Unidad Ejecutora Lima
Sur del Gobierno Regional de Lima, para que bajo responsabilidad corrija obra
recién liquidada.
La Contraloría General de la República intervino el proyecto "MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS EN LA IEP N° 20167 MANUEL GONZALES PRADA DEL CP PUEBLO NUEVO DE CONTA ROMA, DISTRITO DE NUEVO IMPERIAL - PROVINCIA DE CAÑETE”, a cargo del Gobierno Regional de Lima a través de la Unidad Ejecutora Lima Sur que dirige el cuestionado funcionario Caleb Ramos Llerena.
TRES IRREGULARIDADES DETECTADAS
De la revisión efectuada a la
información remitida por la Unidad Ejecutora Lima Sur del Gobierno Regional de
Lima en adelante "la Entidad", se han identificado tres (3)
situaciones adversas que afectan o podrían afectar la continuidad del proceso,
el resultado o el logro de los objetivos del proyecto.
1.- INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA
RECIENTEMENTE LIQUIDADA Y PUESTA EN MARCHA SIN TRANSFERENCIA FORMAL, VIENE PRESENTANDO
PATOLOGÍAS CONSTRUCTIVAS PUNTUALES, PONIENDO EN RIESGO LA DURABILIDAD DE LA
OBRA, SITUACIÓN QUE ACORTA LA VIDA ÚTIL DE LA OBRA, GENERANDO EL RIESGO DE
CAUSAR MAYORES GASTOS DE MANTENIMIENTO EN RESANES Y REPARACIONES POSTERIORES.
la Comisión de Control identifica
una serie de patologías constructivas de manera puntual (daños o defectos que
afectan a las estructuras de hormigón, reduciendo su vida útil, resistencia y
estética), con probables deficiencias técnicas en el procedimiento constructivo
de la obra, así como el control de calidad a cargo de la supervisión de obra: Fisuras
y agrietamiento en los elementos estructurales y no estructurales, eflorescencia
en la estructura (depósito de sales blanquecinas, irregulares y polvorientas
que aparece en la superficie de materiales de construcción porosos debido a la
humedad), puertas y mobiliarios en madera.
Por lo tanto, no se está
cumpliendo con la disposición técnica normativa, especificaciones técnicas y
términos contractuales exponiendo a la infraestructura a prematuras fallas, con
riesgo de acortar la vida útil de la obra (durabilidad), generándose así
mayores gastos de mantenimiento en resanes y reparaciones posteriores,
afectando el uso eficiente de los gastos públicos.
2.- LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE OBRA
OMITIÓ PENALIDADES REGISTRADAS POR LA SUPERVISIÓN MEDIANTE CUADERNO DE OBRA,
APROBÁNDOSE UNILATERALMENTE EL MISMO MEDIANTE ACTO RESOLUTIVO, VULNERANDO EL
DEBIDO PROCEDIMIENTO Y LA NORMATIVA DE CONTRATACIONES, RESULTANDO DE TODO ELLO
LA DETERMINACIÓN DE UN SALDO A FAVOR DEL CONTRATISTA QUE NO CORRESPONDE.
De la revisión del cuaderno de
obra digital se verifican constantes observaciones referidos a la calidad de
los materiales, proceso constructivo y seguridad en obra, tal es así que el supervisor
de obra determina que la empresa contratista viene incumpliendo los términos
contractuales.
3.- LA ENTIDAD NO HA TRANSFERIDO LOS
ACTIVOS GENERADOS POR EL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA A LA UNIDAD ENCARGADA DE
LA PROVISIÓN DE LOS SERVICIOS, SITUACIÓN QUE RETRASA EL REGISTRO DEL CIERRE DE
LA INVERSIÓN, EL REGISTRO CONTABLE Y DAR INICIO A LA FASE DE FUNCIONAMIENTO.
Se evidenció que no se había suscrito
el "Acta de Transferencia" determinado en la Directiva "Transferencia
de proyectos de inversión pública o inversiones de optimización, de ampliación
marginal, de rehabilitación, y de reposición (IOARR) por el Gobierno Regional
de Lima" aprobada con Resolución Gerencial General Regional, donde
determina que esta forma parte del proceso de transferencia y tiene como fin
concluir la fase de Ejecución del ciclo de inversiones y realizar los registro
contables correspondientes.
NOTIFICADO
El pasado 16 de abril del año en
curso, Caleb Ramos Llerena fue notificados de los hallazgos, debiendo comunicar
a la Comisión de Control, en el plazo de cinco (5) días hábiles, las acciones
preventivas o correctivas adoptadas o por adoptar respecto a las situaciones
adversas contenidas en el informe de Visita de Control, adjuntando la
documentación de sustento respectiva. El plazo ya se venció. (LÍNEA
DIRECTA/Elarquim)
* VER INFORME DE CONTROL COMPLETO:


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