LIMA PROVINCIAS: RENUNCIA CANDIDATA A CONSEJERA REGIONAL POR LA PROVINCIA DE OYÓN, DEL PARTIDO SOMOS PERÚ

* De acuerdo al Reglamento, invalida también inscripción de su accesitaria.

La candidata a consejera regional titular por la provincia de Oyón,  CINTHIA JUDITH ARELLANO BUSTAMANTE, por la organización política PARTIDO DEMOCRÁTICO SOMOS PERÚ, ha manifestado de manera expresa e inequívoca su voluntad de renunciar a la candidatura para la cual fue admitida.

De acuerdo a lo que señala el artículo 40° del Reglamento, el candidato puede renunciar a integrar la fórmula o lista de candidatos desde su inscripción, hasta la fecha máxima establecida en el cronograma electoral, debiendo presentar su renuncia por escrito y de manera personal ante el Jurado Electoral Especial, con firma certificada por el secretario jurisdiccional o mediante firma digital, acompañando además la correspondiente tasa electoral.

Al respecto, el JEE de Huaura da cuenta que la renuncia ha sido presentada por la propia candidata, de manera personal y por escrito, ante este Jurado Electoral Especial, llevando la firma de la recurrente y que ha sido debidamente certificada por la secretaria jurisdiccional, conforme a lo previsto en el artículo 40° del Reglamento.

Además adjuntó el comprobante de pago de la tasa electoral por concepto de renuncia de candidato a gobernador o vicegobernador regional o miembro del consejo regional, por el importe de S/ 115.50 (ciento quince con 50/100 soles).

El documento de renuncia fue presentado el 20 de julio de 2026, esto es, dentro del plazo establecido en el cronograma electoral para la presentación de renuncias, cuyo vencimiento se encuentra previsto para el 5 de agosto de 2026.

Hay que señalar que el  segundo párrafo del artículo 42° del Reglamento establece que el retiro, la renuncia, la exclusión o el fallecimiento de alguno de los integrantes de la lista no invalida la inscripción de los demás candidatos.

 Sin embargo, dicha disposición contempla como excepción el supuesto en que se trate del candidato titular a consejero regional, también se invalida la inscripción del candidato a consejero accesitario, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 27° del citado Reglamento.

En el caso concreto, la renunciante postulaba al cargo de consejera regional titular por la provincia de Oyón.  Por tanto, de conformidad con el artículo 42° del Reglamento, la aceptación de su renuncia produce como efecto la invalidez de la inscripción de la candidatura correspondiente al consejero regional accesitario de la misma provincia, que corresponde a la candidata CIELO MERCEDES DÍAZ ARELLANO (candidata a consejera regional accesitaria por la provincia de Oyón).

Por los fundamentos antes expuestos, el Pleno del Jurado Electoral Especial de Huaura, en uso de sus atribuciones:

RESUELVE:

Artículo primero. – ACEPTAR la renuncia presentada por CINTHIA JUDITH ARELLANO BUSTAMANTE, identificada con DNI N° 74290205, candidata al cargo de consejera regional titular por la provincia de Oyón, para el Gobierno Regional de Lima, presentada por la organización política PARTIDO DEMOCRÁTICO SOMOS PERÚ, en el marco de las Elecciones Regionales 2026.

Artículo segundo. - DISPONER que, como consecuencia de la aceptación de la renuncia a que se refiere el artículo precedente, quede invalidada la inscripción de la candidatura de CIELO MERCEDES DÍAZ ARELLANO al cargo de consejera regional accesitaria por la provincia de Oyón, de conformidad con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 42° del Reglamento. (Oscar Rolando Guerrero Torres)

Comentarios

Entradas más populares de este blog